Consejos sobre los Activos Intangibles

Fuente: NIIF para las PYMES.

La Sección 18 de la NIIF para las PYMES requiere que una entidad reconozca un activo intangible (es decir, un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física) solo si:

(a) es probable que los beneficios económicos futuros esperados que se han atribuido al activo fluyan a la entidad; y

(b) el costo o el valor del activo puede ser medido con fiabilidad. Al momento del reconocimiento inicial, una entidad mide un activo intangible al costo.

Un activo es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos.

Un activo intangible es un recurso identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física que es controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos.

Un activo es identificable cuando es separable o surge de derechos contractuales u otros derechos legales.
Un activo de carácter no monetario es un activo que no se conserva en moneda o un activo que se recibirá en una cantidad fija o determinable de dinero. Con frecuencia, las entidades emplean recursos, o incurren en pasivos, para la adquisición, desarrollo, mantenimiento o mejora de recursos intangibles tales como el conocimiento científico o tecnológico, el diseño e implementación de nuevos procesos o nuevos sistemas, las licencias o concesiones, la propiedad intelectual, los conocimientos comerciales o marcas (incluidas denominaciones comerciales y derechos editoriales).

Otros ejemplos comunes de partidas que están comprendidas en esta amplia denominación son los programas informáticos, las patentes, los derechos de autor, las películas, las listas de clientes, los derechos por servicios hipotecarios, las licencias de pesca, las cuotas de importación, las franquicias, las relaciones comerciales con clientes o proveedores, la lealtad de los clientes, las cuotas de mercado y los derechos de comercialización.

Nótese que es posible que algunos recursos intangibles mencionados en el párrafo anterior no concuerden con la definición de activo intangible a efectos de información financiera (es decir, puede que algunos de ellos no sean identificables, que una entidad no ejerza control sobre el recurso y que algunos no den lugar a beneficios económicos futuros).

Además, la Sección 18 prohíbe que una entidad reconozca sus activos intangibles generados internamente, incluso cuando las partidas de la entidad generadas internamente concuerden con la definición de un activo intangible (véanse los párrafos 18.4(c) y 18.14). Por ejemplo todos los costos incurridos durante las actividades de desarrollo e investigación se reconocen como gasto cuando se producen.

Se considera que cada activo intangible tiene una vida útil finita y se amortiza a lo largo de esa vida útil. En este sentido, el párrafo 18.20 de esta Sección, expresa que si una entidad no es capaz de hacer una estimación fiable de la vida útil de un activo intangible, se supondrá que la vida útil es de diez años.

Autor
Jimmy Zelaya Sánchez
Contador certificado en NIIF
Por ICAEW – AIC – ACCA